La Xunta emite declaración de impacto ambiental favorable a la ampliación del parque eólico de Pol y Castroverde

La Xunta dictó declaración de impacto ambiental (DIA) favorable sobre la ampliación del parque eólico de Monciro, en los ayuntamientos lucenses de Pol y Castroverde, condicionada, en todo caso, la que se cumplan tanto el recogido en el estudio de impacto ambiental y en el resto de la documentación evaluada, como los condicionantes y el programa de vigilancia que figuran en la presente DIA.
Así consta en la resolución de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático publicada hoy en el Diario Oficial de Galicia, que concluye que, teniendo en cuenta todo el anterior, esta iniciativa empresarial, promovida por la empresa Naturgy Renovables, es ambientalmente viable.
En este sentido, la DIA fue elaborada en el marco del procedimiento de evaluación de impacto ambiental común del proyecto, un trámite en el que la documentación presentada por el promotor fue sometida la participación pública, con un resultado de 12 organismos consultados y con el recepción únicamente de dos alegatos al expediente.
Fruto de las consultas realizadas, la mayoría de los informes emitidos realizaron la valoración correspondiente y establecieron una serie de condicionantes que se añaden a los incluidos en el propio programa de vigilancia ambiental que recoge la resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad. De hecho, durante lo propio procedimiento ambiental el promotor realizó ajustes en el proyecto para atender las exigencias de distintos organismos y minimizar el impacto en el entorno.
En este sentido, todos los organismos consultados consideran que el proyecto no va a tener impactos significativos en los distintos campos analizados y que sería viable su puesta en marcha siempre que se cumpla con ciertos condicionantes establecidos nos sus respectivos informes con relación a aspectos tales como la protección de la atmósfera; aguas y lechos fluviales; suelo e infraestructuras; gestión de residuos o protección de la fauna, vegetación y hábitats, entre otros.
Una vez emitida esta declaración, que no exime al promotor del deber de obtener todas las autorizaciones, licencias, permisos o informes que resulten legalmente exigibles para poder desarrollar el proyecto, se remitió la resolución al órgano sustantivo -a Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático- y se le da publicidad a través del Diario Oficial de Galicia y de la página web de la Consellería.
El proyecto -con un plazo de ejecución de siete meses- consiste en la ejecución de un parque eólico de 6,93 megavatios de potencia total en los ayuntamientos de Castroverde y Pol (Lugo) compuesto por dos aerogeneradores y su infraestructura asociada, incluidos caminos de acceso y servicio, plataformas de montaje de los aerogeneradores o zanjas de cableado.
Hace falta recordar que el objetivo de una DIA es evaluar la integración de los aspectos ambientales de cada proyecto y determinar las condiciones que deben establecerse para la adecuada protección del territorio y de los recursos naturales tanto durante la ejecución y explotación como en el cese o desmantelamiento de las distintas iniciativas.
De hecho, cualquier proyecto industrial tiene un impacto en el territorio, pero sus efectos no pueden ser significativos, por lo que la DIA es el instrumento encargado de determinar cómo y de que manera se pueden minimizar, compensar o mismo restaurar las zonas afectadas por su puesta en marcha y durante su funcionamiento futuro.
Estamos ante un trámite del más exigente como demuestra el hecho de que la mayoría de las declaraciones ambientales favorables emitidas por la Xunta incluyen condicionantes generales y particulares -como es este caso- así como un plan de vigilancia que es de aplicación al proyecto y cuyo seguimiento corresponde al órgano sustantivo.