ADEGA celebra la paralización cautelar del parque eólico Pena do Pico tras una resolución del TSXG

ADEGA informó de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha acordado la suspensión cautelar de las autorizaciones previa y de construcción del parque eólico Pena do Pico, promovido por Greenalia Wind Power SLU en los municipios de Baralla y Quiroga. Según la organización ecologista, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó íntegramente las medidas cautelares solicitadas en el recurso presentado contra la Xunta de Galicia y la empresa promotora.
La entidad explicó que la resolución judicial asume los argumentos recogidos en el informe técnico aportado junto con la demanda y decreta la paralización cautelar del proyecto mientras se resuelve el procedimiento principal. ADEGA destaca que se trata de la primera medida cautelar adoptada en un litigio relacionado con un parque eólico tras el traslado de los magistrados Luis Villares y Dolores López a la Sección Cuarta del TSXG.
Según sostiene la asociación, su petición de suspensión se fundamentaba en la existencia de un riesgo de daños ambientales irreparables y en la necesidad de preservar el interés público frente a la ejecución de las obras. ADEGA recuerda que el parque está proyectado en una zona de Os Ancares lucenses que, según indica, fue propuesta por la propia Xunta para ampliar la Red Natura 2000, forma parte de la Reserva de la Biosfera Terras do Miño y está considerada zona de exclusión eólica por el Ministerio.
La entidad afirma que el auto del tribunal considera que el proyecto podría afectar a especies de avifauna protegidas, como la aguilucho cenizo, la collalba gris y el milano real, y señala que estos impactos no fueron evaluados de forma suficiente en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Siempre según ADEGA, la Sala otorga valor a los informes y a la documentación técnica presentada por la organización, basada en documentos oficiales, estudios científicos y fuentes cartográficas públicas.
En su comunicado, ADEGA sostiene que la resolución pone de manifiesto deficiencias en la tramitación ambiental realizada por la Xunta. La organización asegura que el tribunal cuestiona que parte de las medidas correctoras previstas en la DIA solo entren en funcionamiento una vez producido el impacto ambiental, lo que, a su juicio, resulta incompatible con el principio de prevención.
Asimismo, ADEGA afirma que el TSXG también rechaza que la apelación a la transición energética justifique por sí sola la ejecución del proyecto. Según la entidad, el auto señala que ese interés público debe compatibilizarse con la protección del medio natural y que ningún proyecto industrial puede desarrollarse si supone un perjuicio para espacios o especies susceptibles de protección.
La organización ecologista concluye que esta resolución refuerza su tesis de que los problemas en la tramitación de los parques eólicos responden a deficiencias en la planificación y la gestión administrativa, y no a la actuación de las entidades ecologistas ni a las decisiones de los tribunales.