El TSXG avala la autorización de la CHMS al Club Fluvial de Lugo y rechaza su recurso

LugoXa
La sentencia respalda el cálculo realizado por el organismo de cuenca para determinar el canon y mantiene abiertos dos expedientes sancionadores por presuntos incumplimientos
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3 Jun 2026

La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS), organismo autónomo adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha recibido la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que desestima el recurso presentado por el Club Fluvial de Lugo contra la resolución de autorización emitida por el organismo de cuenca para el uso del dominio público hidráulico en las instalaciones de la entidad, situadas en el barrio lucense de San Lázaro.

El origen del procedimiento se remonta al recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Club Fluvial contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición presentado el 10 de julio de 2024. Dicho recurso cuestionaba la resolución dictada por la CHMS el 10 de junio de ese mismo año en relación con la autorización para el uso del dominio público hidráulico.

Según explicó el presidente de la Confederación, José Antonio Quiroga, la principal discrepancia entre ambas partes estaba relacionada con el cálculo del canon. El responsable del organismo señaló que el Club Fluvial excluía en sus mediciones una parte significativa de la parcela catastral en la que se encuentran determinadas instalaciones situadas dentro del perímetro vallado y en terrenos considerados dominio público hidráulico.

Para analizar las alegaciones presentadas, la CHMS llevó a cabo una delimitación detallada del dominio público hidráulico en relación con las instalaciones del club y realizó un cálculo individualizado de la superficie ocupada por cada una de ellas. Según el organismo, esta revisión permitió aportar información precisa y contrastada que sirvió de base para que el tribunal desestimara el recurso presentado por la entidad deportiva.

Más allá de este procedimiento judicial, la Confederación recordó que el Club Fluvial debe cumplir las condiciones establecidas en la concesión otorgada para el uso de estos espacios, subrayando que la utilización del dominio público hidráulico no puede restringir los derechos del resto de la ciudadanía.

En este contexto, la CHMS informó de que actualmente mantiene abiertos dos expedientes sancionadores relacionados con las instalaciones del club. Uno de ellos se refiere al supuesto incumplimiento de varias condiciones particulares vinculadas al expediente de obras, entre ellas la demolición de la piscina infantil y el cierre de instalaciones deportivas consideradas permeables y desmontables. El segundo expediente está relacionado con el presunto incumplimiento de la obligación de mantener expedita una zona de servidumbre alternativa.

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